En este artículo
Antes de declarar, mira lo que la DIAN ya sabe de ti. Si no cuadra con tu declaración, te puede llegar un requerimiento.
La información exógena es el reporte que terceros —bancos, empleadores, fondos, notarías, emisores de tarjetas— le envían a la DIAN sobre tus operaciones del año. Con ella la DIAN prellena borradores, cruza tu declaración y decide a quién revisar. Por eso es el primer documento que debes descargar al preparar tu renta.
Qué trae la exógena
Depende de tu actividad, pero lo usual es encontrar:
- Salarios, honorarios y retenciones que te practicaron.
- Saldos de cuentas, CDT y fondos a 31 de diciembre, y los intereses que recibiste.
- Consumos con tarjeta de crédito y compras reportadas por comercios.
- Operaciones inmobiliarias y notariales: compras y ventas de inmuebles.
- Créditos: saldos y, en vivienda, intereses pagados.
- Aportes a salud, pensión y cesantías.
También sirve para revisar si superaste algún tope para declarar renta, por ejemplo el de consignaciones o el de compras con tarjeta de crédito.
Cómo descargarla paso a paso
Necesitas estar inscrito en el RUT y tener tu usuario habilitado en los servicios en línea de la DIAN.
- Entra a dian.gov.co y elige el Portal Transaccional.
- Inicia sesión con tu usuario y contraseña.
- Busca la opción de consulta de información exógena (la información que terceros reportaron sobre ti).
- Elige el año gravable que vas a declarar y descarga el archivo.
- Revísalo tercero por tercero y concepto por concepto.
La DIAN suele habilitar la consulta unas semanas antes de que empiece el calendario de personas naturales. Si la descargas muy temprano y un tercero reporta tarde, vuelve a consultarla antes de presentar.

Cómo leerla sin perderte
- Agrupa por tercero. Un mismo banco puede aparecer varias veces: una por cuenta, otra por CDT, otra por crédito.
- Distingue saldos de movimientos. Un saldo a 31 de diciembre va al patrimonio; un interés o un salario va a los ingresos. Mezclarlos es el error más común.
- Compárala con tus certificados. El certificado de ingresos y retenciones (220) y los certificados bancarios son tu soporte; la exógena es el reflejo de lo que esos terceros dijeron.
- Busca lo que falta. Si tienes una cuenta o un ingreso que no aparece, igual debes declararlo.
Qué hacer si la información está errada
La DIAN no modifica lo que reportan los terceros. Quien reportó mal es quien debe corregir.
- Identifica el error y el tercero que lo reportó (banco, empleador, notaría, fondo).
- Pide la corrección por escrito al tercero, adjuntando tus soportes. Guarda la constancia de radicado.
- Espera la actualización. Cuando el tercero corrige, el cambio se refleja en la consulta pasados unos días.
- Declara con cifras reales y soportadas, aunque la corrección no llegue a tiempo. Tu obligación es declarar la realidad, no copiar la exógena.
- Archiva todo: la exógena descargada, tu solicitud al tercero y el certificado correcto. Si la DIAN te pregunta por la diferencia, esa es tu defensa.
Ejemplo: el banco reportó el CDT dos veces
Laura tenía un CDT de $40.000.000 a 31 de diciembre, pero en su exógena el banco lo reportó dos veces: $80.000.000.
- Laura pidió la corrección al banco con su certificado tributario.
- En su declaración incluyó el valor real: $40.000.000.
- Guardó el certificado y el radicado de la solicitud por si la DIAN cruza la información.

¿Y si el error me hace parecer obligado a declarar?
Si un reporte equivocado te pone por encima de un tope, pide la corrección cuanto antes. Si con las cifras reales no superas ningún tope, no estás obligado; conserva los soportes que lo demuestran. Si tienes duda, revisa tu caso con nuestra calculadora gratuita.
Checklist de exógena
- Descargué la exógena del año que voy a declarar.
- La revisé tercero por tercero.
- Separé saldos (patrimonio) de movimientos (ingresos).
- La crucé con mis certificados.
- Pedí por escrito la corrección de lo que está mal.
- Guardé todos los soportes.
Preguntas frecuentes
¿La exógena es mi declaración? No. Es una fuente de información. Tú eres responsable de declarar las cifras reales con soportes válidos.
¿Puedo declarar un valor distinto al de la exógena? Sí, si tienes soportes. Lo recomendable es pedir al tercero que corrija para evitar cruces y requerimientos.
¿La DIAN me puede corregir la exógena? No. La corrección la hace quien reportó la información.
¿Cada cuánto debo revisarla? Al inicio de la temporada y otra vez justo antes de presentar, porque algunos terceros reportan tarde o corrigen.
Revisamos tu exógena contigo
En Impuestamente leemos tu exógena, la cruzamos con tus certificados y elaboramos tu declaración. Empieza por nuestra calculadora gratuita para saber si debes declarar renta.
Nota: este artículo es informativo. Los menús y procedimientos de la DIAN pueden cambiar; verifica siempre en sus canales oficiales.



