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Un bono de $10 millones no son $10 millones. Lo que te queda depende de tu tarifa marginal y de lo que hagas antes de diciembre.
Diciembre trae primas, bonos de desempeño y, a veces, liquidaciones. Todos son rentas de trabajo y, salvo excepciones, pagan impuesto de renta. La buena noticia: con algo de planeación, el golpe se puede reducir.
Cómo se grava cada pago
- Prima de servicios: renta de trabajo gravada. Se le aplica el 25% de renta exenta dentro de sus topes.
- Bonos (por desempeño, por mera liberalidad, "no constitutivos de salario"): gravados igual. Que no sean salario solo afecta prestaciones y aportes, no la renta.
- Indemnización por despido sin justa causa: gravada. Si tu salario supera 204 UVT mensuales (unos $10,7 millones), tiene una retención del 20% (artículo 401-3).
Detalle técnico en indemnizaciones y bonificaciones: qué es gravado.
La clave: tu tarifa marginal
Un pago extra no se grava a tu tarifa "promedio", sino a la más alta que te toque. La tabla anual del artículo 241 sobre la base gravable:
- Hasta 1.090 UVT (unos $57,1 millones): 0%.
- De 1.090 a 1.700 UVT: 19% marginal.
- De 1.700 a 4.100 UVT: 28% marginal.
- De 4.100 a 8.670 UVT: 33% marginal.

Ejemplo: bono de $10 millones
Una persona gana $12 millones al mes y recibe un bono de $10 millones en diciembre.
- Después del 25% exento, quedan $7,5 millones gravados a su tarifa marginal del 28%.
- Impuesto adicional: unos $2,1 millones. Le quedan unos $7,9 millones netos.
- Si aporta los $10 millones a una AFC o pensión voluntaria antes del 31 de diciembre (y tiene cupo en su límite del 40%), el impuesto adicional prácticamente desaparece. A cambio, la plata queda en ese producto.

Cómo reducir el golpe
- Revisa tu cupo libre en el 40% antes de diciembre: haz esta cuenta.
- Si tienes cupo y no necesitas la plata, aporta a AFC o pensión voluntaria. Si vas a comprar vivienda, mejor: AFC para tu casa.
- Si tu bolsa está llena, evalúa el aporte voluntario al fondo obligatorio, que va por fuera del límite.
- Si te liquidan, recuerda que la retención del 20% es un anticipo: si tu impuesto real es menor, tendrás saldo a favor.
Lo que sí es exento
- Indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad.
- Licencia de maternidad y protección a la maternidad.
- Cesantías e intereses, según tu salario: ver si tus cesantías pagan impuesto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir que me paguen el bono en enero? Si de verdad se paga en enero, es ingreso del año siguiente. Puede convenir si ese año esperas una tarifa menor, pero debe ser un acuerdo real con tu empleador.
¿La prima de navidad es gravada? Sí, como cualquier pago laboral, con el 25% exento.
Planea antes de recibirla
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Nota: este artículo es informativo y usa la UVT de 2026 ($52.374). Las cifras de los ejemplos son aproximadas; cada caso debe revisarse con sus soportes.



